El sentenciado reconoció haber abusado sexualmente de dos niñas que tenían entre 5 y 10 años, durante los años 2013 a 2018.
Fue por los siguientes delitos: “Lesiones leves calificadas” en uno de los hechos, mientras que en otro se lo condenó por “abuso sexual con acceso carnal, calificado por el vinculo y por peligro de contagio de una enfermedad de transmisión sexual grave, continuado” y “promoción a la corrupción de menores, calificada por el vínculo”.
En otro hecho se le aplicó “abuso sexual gravemente ultrajante, calificado por su condición de guardador por el peligro de contagio de una enfermedad de transmisión sexual grave, continuado” y “promoción a la corrupción de menores, calificada por la condición de guardador”.