En Córdoba las infracciones prescriben a partir de los tres años contando desde el día siguiente de cometidas, sean leves, graves o muy graves.
Según indica la Ley Nacional de Tránsito N°24.449, en Argentina se establecen normas generales de funcionamiento que luego cada provincia y cada municipio adaptan a sus propias necesidades. Ocurre lo mismo con la prescripción de las infracciones de tránsito.
Esta normativa indica en el artículo 89 que las faltas leves prescriben a los dos años y las faltas graves a los cinco años. En este caso, Córdoba tiene una aplicación diferente de la norma, detallada en el artículo 123 de la ley provincial N°9169.
Por ejemplo, la provincia de Buenos Aires mantiene los mismos lineamientos y, por ejemplo, en 2025 prescriben las infracciones graves cometidas en 2020 en la provincia.