La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) eliminó su intervención en los trámites de importación de productos cosméticos, domisanitarios e higiénicos para uso personal.
Esta medida quedó oficializada a través de la Disposición N° 3562/2025. El objetivo apunta a simplificar los trámites para usuarios individuales, reducir cargas administrativas y acelerar el acceso a productos del exterior. Según la resolución, los artículos podrán ingresar sin la necesidad de contar con autorización sanitaria previa siempre que el destino de uso sea personal y que no se pretenda su comercialización en el país
Los productos en los que ya no se ejercerán ningún tipo de control para su importación son:
- Productos cosméticos: perfumes, cremas, lociones, maquillaje, entre otros.
- Productos domisanitarios de libre venta: destinados a la limpieza del hogar.
- Productos de higiene oral de uso odontológico: pasta dental, enjuagues bucales.
- Productos higiénicos descartables de uso externo: pañales (para bebés y adultos), toallitas femeninas, protectores diarios, absorbentes de leche materna.
- Productos higiénicos descartables de uso intravaginal: tampones.
- Productos higiénicos de uso intravaginal reutilizables: copas menstruales.
Desde ANMAT aclararon que la importación y la utilización de los productos quedarán bajo la responsabilidad del usuario final.