El Gobierno declaró que a partir de los 18 años, los ciudadanos estarán habilitados para portar armas.
A través del Boletín Oficial, se hizo pública la modificación al artículo 55 de la ley 20.429 «Ley Nacional de Armas y Explosivos», que establecía como requisito para la “adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil haber alcanzado la mayoría de edad”, es decir, 21 años.
El artículo destaca además una serie de exigencias que se deben cumplir para la portación de armas, como el no tener “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante”, la acreditación de datos personales bajo dependencia policial, y “la no existencia de antecedentes policiales o penales”.
La idea de realizar diversos cambios en la materia comenzó a ponerse en marcha en mayo pasado, cuando el Gobierno anunció que enviaría al Congreso un proyecto de ley para simplificar el trámite de portación de armas, con el fin de regularizar la tenencia de armas de fuego. En ese mismo esquema, señalaban además que simplificarían los trámites correspondientes, para que los usuarios puedan declararlas y/o solicitar la destrucción de las mismas de forma anónima.
Desde la cartera de Seguridad argumentaron la necesidad de actualizar el régimen de trámites para poder “tener un registro de armas transparente, completo y con procesos modernos”, ya que se estipula que hay más de 800.000 armas de fuego bajo tenencia irregular en la actualidad.
No obstante, las autoridades resaltaron la importancia de llevar a cabo este cambio para continuar con “el combate a fondo contra los delincuentes que, con armas ilegales, ponen en riesgo la vida de todos los argentinos”, habilitando de esa manera a que los ciudadanos puedan poseer armas de fuego en sus casas de forma legal.