El segundo pago del Salario Anual Complementario (SAC) o aguinaldo, llega este diciembre.
El aguinaldo está dirigido a trabajadores registrados del sector privado, público, jubilados y pensionados. Y corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres.
El artículo 22 de la Ley 27.073 establece que el vencimiento sería el 18 de diciembre de cada año, sin embargo existe un margen extendido de cuatro días hábiles para liquidarlo.
¿Cómo calcular el aguinaldo?
- Consultar los recibos de sueldo del primer semestre y determinar cuál de ellos fue el salario más alto.
- Tal monto debe ser dividido por dos para obtener el total del aguinaldo en bruto.
- Sobre esa cifra se descuentan: 11% de jubilación, 3% de Obra Social, 2% de aporte sindical o porcentaje filiatorio correspondiente.
- Una vez restado esos porcentajes se obtiene el monto a cobrar el sueldo percibido en diciembre fuera mayor que los anteriores, en el mes de enero se cobra la diferencia correspondiente
Para saber cuánto es el monto del aguinaldo proporcional se debe calcular la mitad del mejor sueldo dentro del semestre, dividirlo por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
Se debe realizar la siguiente fórmula: (el salario del empleado / 12) x los meses trabajados. Por ejemplo: (100.000/12) x 6 = $50.000.
Quienes terminen la relación laboral antes del mes de junio o de diciembre, deben recibir el pago proporcional de los meses en los que fue empleado (si una persona trabajó hasta el mes de agosto, debe cobrar la parte correspondiente del 50% por esos tres meses desde el pago anterior del aguinaldo)