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Córdoba busca garantizar la obligatoriedad de las vacunas del Calendario Nacional

  • Sociedad

La colocación de vacunas en las distintas etapas de la vida, se considera una de las principales medidas para evitar un conjunto de enfermedades prevenibles que pueden ser graves para la salud de las personas.

A través de un proyecto de modificación del Código de Convivencia Ciudadana de la Provincia (Ley 10.326), Córdoba busca garantizar la obligatoriedad de las vacunas del Calendario Nacional.

La iniciativa tiene por objetivo incorporar el artículo 75 bis, referido a la omisión de la vacunación obligatoria a menores de 18 años, como una falta plausible de sanción legal para los adultos a cargo, incluyendo multas económicas, hasta 5 días de arresto o su equivalente en actividades de servicio comunitario.

En Argentina, rige la Ley 27.491, la cual establece que las vacunas del Calendario Nacional son una obligación legal, y las define como un «bien social» y un derecho irrenunciable de la población.

En este sentido, toda persona que viva en el país debe cumplir con el calendario de vacunación y aquellos responsables legales tienen el deber de garantizar que niños, niñas y adolescentes reciban las dosis obligatorias en tiempo y forma.

En este marco, la incorporación del artículo 75 bis al Código de Convivencia, establece que conducta sancionada no se dirige a opciones ideológicas, sino al incumplimiento de un deber legal establecido por normas nacionales, reforzando la responsabilidad de los adultos a cargo y la actuación diligente de los efectores de salud.