A partir del 1° de mayo las billeteras virtuales deberán informar sobre las transacciones que excedan los $200.000. La normativa rige para todas las billeteras virtuales por igual. Así lo comunicó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El objetivo es hacer que las billeteras adviertan de forma obligatoria cuando un usuario se excede, para poder determinar si el origen de los fondos es lícito o no. Si existe intimación de la Afip, el contribuyente deberá presentar recibos de sueldo, facturas u otras pruebas para aclarar su situación.
El ente podría cerrar la cuenta del usuario y realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) si no se cumplen las condiciones.
Los usuarios deben estar informados de estos nuevos límites para evitar posibles inconvenientes con el organismo. Las notificaciones sobre irregularidades son responsabilidad de la Afip, que se comunicará con el usuario a través del domicilio fiscal electrónico declarado o mediante la misma aplicación.
¿Cómo serán los montos a partir de mayo?
- Los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no se reportarán a la Afip.
- Los usuarios podrán realizar ingresos y egresos mensuales en sus cuentas en montos que no superen los $120.000. En caso contrario, se notificará a la Afip.
- En cuanto a transacciones individuales, se reportarán a la Afip cuando superen los $400.000.