La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) postergó hasta el 30 de abril de 2024, inclusive, el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año 2023 y lo oficializó en la Resolución General 5494/2024.
En ese sentido, la liquidación provisoria efectuada durante el año se vio modificada por diversos decretos del Poder Ejecutivo nacional que no tuvieron su reflejo en las pertinentes disposiciones legales.
Finalmente, la liquidación anual por parte de los empleadores, a partir del dictado de la presente resolución general, se realizará durante el mes de mayo procediendo a efectuar las devoluciones del impuesto retenido en exceso a los trabajadores hasta el 10 de junio de 2024.
Asimismo, la resolución aclara que «deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de junio de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), previsto por la Resolución General N° 2.233, sus modificatorias y complementarias, informándolo en el período mayo de 2024 y consignando como fecha de retención el 31 de mayo de 2024».