La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales destinados a vivienda. La Resolución General 5545/2024 fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.
En el comunicado se remarcó que la medida “contribuye a la constitución de un Estado Nacional a favor del ciudadano en un marco de simplificación, eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios”.
Sin embargo, los que quieran acceder a los beneficios fiscales sí deberán registrarse. Los contribuyentes deben registrar el contrato en el aplicativo “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI” de la web del organismo con clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración.
Quienes ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, excepto que haya modificaciones o actualizaciones.