El Ejecutivo presentó un Proyecto de Ordenanza que propone declarar el Régimen de Excepción Vial y de Protección a la Convivencia Ciudadana, en virtud de la grave situación generada por conductas antisociales en el tránsito, la circulación organizada de “hordas” de motocicletas y la creciente contaminación acústica que afecta la seguridad y el descanso de la comunidad.
La secretaria de Prevención, Seguridad y Convivencia Urbana, Guadalupe Vázquez, en diálogo con Radio Show destacó: «Nosotros dentro de la ley todo, fuera de la ley nada. Necesitábamos desde la parte operativa, ayornar la legislación a los tiempos actuales».
Además, explicó: «Se triplican todas las faltas que se puedan cometer al conducir, que prevé el Código de Tránsito. Y se da la posibilidad de que la fuerza pública pueda ser ejercida en la vía pública cuando autos y motos se encuentren trabados de alguna manera o en el caso de las motos sujetadas a postes, árboles, se va a permitir el corte de candados, cadenas, todo tipo de sujeción que haga dificultoso el traslado de esos vehículos».
Acerca del proyecto de ordenanza
Entre sus disposiciones centrales, la normativa prohíbe la circulación y estacionamiento de vehículos con escapes adulterados o sistemas de audio que superen los niveles permitidos, habilita la retención inmediata y remoción de vehículos, y permite el uso de la fuerza pública para secuestrar unidades que se encuentren encadenadas o aseguradas en espacios públicos.
Además, incorpora la figura de responsabilidad objetiva y solidaria para quienes integren las denominadas “hordas”, es decir, el desplazamiento de cinco o más motovehículos o automóviles que circulan en grupo, de manera coordinada o desordenada, ocupando la calzada, generando intimidación, impidiendo la libre circulación o realizando maniobras temerarias que dificultan la intervención de la autoridad de control.
En estos casos, el proyecto triplica las multas, y establece sanciones accesorias como la inhabilitación para conducir de 6 meses a 2 años, el decomiso de escapes adulterados, y la exclusión de beneficios sociales municipales, tales como asistencia alimentaria, subsidios o el Programa de Medicamentos Gratuitos.
También establece que los vehículos secuestrados que presenten modificaciones estructurales para carreras de velocidad y que no sean retirados o regularizados en los plazos legales, serán pasibles de decomiso definitivo. En estos casos, se priorizará su remate judicial, destinando lo resultante a un Fondo de Educación Vial y equipamiento hospitalario, o se procederá a su compactación, eliminando así de circulación los vehículos que representan un peligro para la seguridad pública.