El gobierno nacional completó el calendario de feriados y dispuso de tres jornadas «con fines turísticos» que responden a una nueva ley mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial
Estos días no laborables, que tienen fuerza de asueto y no de feriado, serán los viernes 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.
Habrá tres «finde semanas XXL», donde a un fin de semana se le anexan dos días de «descanso». Sería para el Carnaval que cae en marzo y se le suman mayo y noviembre.
A su vez, habrá seis fines de semana largos en el año, con viernes o lunes en tal condición
Todos los feriados del año
Miércoles 1° de enero: Año Nuevo.
Lunes 3 de marzo: Carnaval.
Martes 4 de marzo: Carnaval.
Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Viernes 18 de abril: Viernes Santo.
Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador.
Viernes 2 de mayo: DÍA NO LABORABLE.
Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
Lunes 16 de junio (se traslada del 17): Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.
Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia.
Viernes 15 de agosto: DÍA NO LABORABLE.
Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Viernes 21 de noviembre: DÍA NO LABORABLE.
Lunes 24 de noviembre (se traslada del 20): Día de la Soberanía Nacional.
Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
Jueves 25 de diciembre: Navidad.