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Certificado Único de Discapacidad sin vencimiento: ¿cómo acceder?

A través de la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial de este martes, el ministerio de Salud estableció que la tramitación del Certificado Único de Discapacidad sea voluntaria. Asimismo estableció que la evaluación sea realizada por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde o no su emisión.

Los criterios para renovar sin vencimiento son:

contar con Renovaciones previas: una persona con dos renovaciones previas, cuya condición de salud se mantenga constante, podrá solicitar el CUD sin vencimiento, como por ejemplo el caso de una persona ciega o alguien con una hipoacusia profunda.

Mayores de 60 años: si la persona tiene más de 60 años y su situación física se mantiene constante por al menos cinco años.

Personas con equipamiento permanente: aquellas personas que requieran equipamiento permanente con equipos de uso permanente para preservar sus funciones vitales como por ejemplo prótesis u oxígeno, también podrán tener el CUD sin vencimiento.

Es importante aclarar que la persona que tenga un CUD activo emitido con anterioridad a la fecha no debe modificarlo ni solicitar que se lo cambien por uno sin vencimiento, sino que va a tener vigencia hasta el momento de su vencimiento y ahí se hará la actualización correspondiente. Es decir que no se tiene que modificar a menos que requiera un cambio de situación o diagnóstico. La tramitación seguirá siendo la misma