El Registro Nacional de las Personas (RENAPER) comenzará a gestionar en sus oficinas la autorización para que menores de 18 años puedan viajar al exterior, a partir del 2 de junio.
Este organismo permitirá a los padres hacer el trámite del Pasaporte Ordinario y la autorización de viaje del menor en un solo procedimiento, o bien solicitar la autorización por separado.
Con esta autorización, el menor podrá viajar solo a cualquier destino internacional.
Para obtener el permiso, es necesario que ambos padres sean argentinos o extranjeros con residencia legal en el país, y que el menor también sea argentino, con DNI y pasaporte vigentes.
En casos donde el menor tenga solo un progenitor responsable, como hijos extramatrimoniales o fallecimiento de uno de los padres, bastará con la autorización del progenitor que tenga la responsabilidad parental, según el Código Civil y Comercial.
Además, si uno de los padres es menor de edad, deberá acudir acompañado por uno de sus propios padres, conforme a regulaciones migratorias vigentes.
La autorización podrá ser revocada en cualquier momento por cualquiera de los padres y tendrá validez hasta que el menor cumpla 18 años o hasta que el pasaporte expire, lo que suceda primero.
Los padres deben presentarse personalmente en las oficinas del RENAPER para realizar la verificación biométrica. La presencia del menor no será necesaria salvo que también se tramite su pasaporte.
Finalmente, la autorización se registra digitalmente y se envía automáticamente a la Dirección Nacional de Migraciones para su uso en los controles fronterizos.
Los padres recibirán una constancia digital con la información del trámite realizado.
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