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Aumentaron las multas de la Caminera y ascienden hasta los 746 mil pesos

Con el reciente incremento en el precio del litro de combustible, la Policía Caminera ha actualizado los valores de las multas que regirán a partir de ahora. La Resolución N° 21, publicada este martes en el Boletín Oficial, establece que la Unidad Fija de Multa (UF) tiene un nuevo valor de $373, equivalente al costo de un litro de nafta súper.

Con esta modificación, las sanciones se distribuirán en un rango que va desde los $7.460, correspondientes a la multa mínima, hasta los $746.000, que constituyen la máxima penalidad.

Categorización de las Multas:

  1. Infracciones Leves: Aquellas consideradas de menor gravedad, como conducir fumando, se penalizarán con multas que oscilan entre 20 y 100 UF, es decir, entre $7.460 y $37.300. Además, conllevan la pérdida de 0 a 2 puntos en la licencia de conducir.
  2. Infracciones Graves: Para casos como no llevar las luces encendidas, la multa varía de 100 a 200 UF, equivalente a $37.300 y $74.600, respectivamente. La pérdida de puntos en la licencia se sitúa entre 2 y 5.
  3. Infracciones Muy Graves: Acciones como cruzar semáforos en rojo, conducir a contramano o exceder el límite de velocidad serán castigadas con multas de 200 a 400 UF, es decir, entre $74.600 y $149.200. La pérdida de puntos se ubica entre 5 y 20.
  4. Infracciones Máximas: Actos de mayor gravedad, como la destrucción de infraestructura vial, adulteración de documentos y licencias, o casos de alcoholemia extrema, resultarán en multas de 1200 a 2000 UF, equivalente a $447.600 y $746.000, respectivamente. Además, pueden conllevar la inhabilitación para conducir y, en algunos casos, denuncia penal.